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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 252755
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 103-108, Sexta Parte; Pág. 105
IMPUESTO, CAUSANTE DEL. CARGA DE LA PRUEBA.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 103-108, Sexta Parte; Pág. 105
Si el quejoso niega ser sujeto del impuesto que se le cobra, como pueda ser el impuesto sobre ingresos mercantiles, la carga de la prueba de que si es causante corresponde a las autoridades responsables, y si no existe prueba alguna para demostrar ese extremo, el crédito fincado en tales términos resulta violatorio de garantías.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 796/77. Juan Olvera Martínez. 13 de octubre de 1977. Unanimidad de votos. Ponente: Angel Suárez Torres. Secretario: Alfonso Caletti Martínez.
Nota:
En el Informe de 1977, página 190, la tesis aparece bajo el rubro "CREDITO FISCAL, CUANDO SE NIEGA SER SUJETO DEL, CARGA DE LA PRUEBA.".
En el Informe de 1977, página 200, la tesis aparece bajo el rubro "IMPUESTO SOBRE INGRESOS MERCANTILES. CAUSANTE DEL, CARGA DE LA PRUEBA.".