Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/252804
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 252804
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 103-108, Sexta Parte; Pág. 153
OBRAS DE AMPLIACION DE UNA AVENIDA, SUSPENSION DEFINITIVA IMPROCEDENTE CUANDO SE RECLAMA LA ORDEN TENDIENTE A LA REALIZACION DE.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 103-108, Sexta Parte; Pág. 153
Cuando se reclama en el juicio de amparo la orden dictada por la autoridad administrativa que tiene por objeto la realización de obras de ampliación de una avenida, debe negarse la suspensión definitiva solicitada, por no reunirse en el caso los requisitos exigidos por el artículo 124, fracción II, de la Ley de Amparo, ya que es evidente el interés social que se persigue con la realización de las obras de referencia, puesto que tienden esencialmente al beneficio de la comunidad.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 663/77. Lucía Azucena. 25 de agosto de 1977. Unanimidad de votos. Ponente: Sergio Hugo Chapital Gutiérrez. Secretaria: Atzimba Martínez Nolasco.
Nota: En el Informe de 1977, la tesis aparece bajo el rubro "SUSPENSION DEFINITIVA. ES IMPROCEDENTE CUANDO SE RECLAMA LA ORDEN TENDIENTE A LA REALIZACION DE OBRAS DE AMPLIACION DE UNA AVENIDA.".