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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 252859
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 103-108, Sexta Parte; Pág. 197
REGLAMENTO, INTERES JURIDICO EN EL AMPARO CONTRA UN. TRANSPORTES.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 103-108, Sexta Parte; Pág. 197
No debe sobreseerse por falta de interés jurídico cuando los quejosos carezcan del permiso o concesión que exige el reglamento combatido, si a aquéllos nunca se les ha puesto traba u obstáculo en el desempeño de sus actividades, y las tarjetas de circulación de sus vehículos han sido renovadas indefinidamente, con la anotación del servicio respectivo, lo cual significa que, de modo implícito, se les ha concedido una aprobación, aunque, formalmente, no se haya extendido ningún permiso o concesión en documento especial.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 772/77. Unión Mexicana de Transportadores y Expendedores de Materiales para la Construcción, A.C. 27 de octubre de 1977. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Gómez Díaz. Secretaria: María Simona Ramos Ruvalcaba
Amparo en revisión 498/77. Augusto Ojeda Pérez E. y coagraviados. 13 de octubre de 1977. Unanimidad de votos. Ponente: Mario Gómez Mercado. Secretario: Raúl Ortiz Estrada.
Nota: En el Informe de 1977, la tesis aparece bajo el rubro "INTERES JURIDICO. AMPARO CONTRA UN REGLAMENTO.".