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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
252922
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 103-108, Sexta Parte; Pág. 244

TRIBUNAL DE ALZADA, ACCIONES O EXCEPCIONES, QUE NO HAYAN SIDO ANALIZADAS POR SU INFERIOR, DEBEN SER ESTUDIADAS POR EL.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 103-108, Sexta Parte; Pág. 244

Precedentes

Amparo directo 162/77. Arturo Marín. 23 de agosto de 1977. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Díaz Infante Aranda. Secretario: Leonardo Rodríguez Bastar.
Registro digital (IUS): 252922