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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 252955
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 103-108, Sexta Parte; Pág. 306
TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACION, CUANDO NO SE ALTERA LA LITIS FIJADA ANTE EL. RADIO Y TELEVISION.
[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 103-108, Sexta Parte; Pág. 306
Si la cuestión sujeta a la decisión de la Sala Fiscal responsable consiste en dilucidar si las actividades de la actora debían considerarse como una prestación de servicios o como operaciones de compraventa y por ende exentas del pago del impuesto relativo, conforme a la fracción VIII del artículo 18 de la Ley Federal del Impuesto sobre Ingresos Mercantiles, resulta lógico y jurídico estimar que, para desentrañar la cuestión debatida, era menester que la Sala Fiscal responsable efectuara un estudio jurídico sobre el contrato de compraventa, esencialmente respecto al objeto del mismo, así como la naturaleza jurídica de la prestación de servicios conforme a lo dispuesto, en el primer caso, por el Código Civil Federal y en el segundo, por la Ley de Vías Generales de Comunicación, pues abundar en conceptos jurídicos relacionados con la controversia planteada en el juicio de oposición no significa introducir cuestiones ajenas a la litis, pues al juzgador no se le pueden restringir sus consideraciones siempre que éstas versen en relación con el conflicto.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Séptima Epoca, Sexta Parte:
Volúmenes 97-102, página 289. Amparo directo 119/77. A.R.S.E., S.A. (X.E.R.H.). 28 de abril de 1977. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volúmenes 103-108, página 245. Amparo directo 643/77. El Heraldo del Comercio, S.A. (X.E.A.W.). 8 de agosto de 1977. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volúmenes 103-108, página 245. Amparo directo 130/77. Televisora de Occidente, S.A. 22 de agosto de 1977. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volúmenes 103-108, página 245. Amparo directo 616/77. Estación Radio Televisora X.H.A.W.T.V. Canal 12, Ciudad de Monterrey, Nuevo León. 29 de agosto de 1977. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volúmenes 103-108, página 245. Amparo directo 686/77. Jesús Hernández Gutiérrez (X.E.S.M.). 12 de septiembre de 1977. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Nota: En el Informe de 1977, la tesis aparece bajo el rubro "TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACION. CUANDO NO SE ALTERA LA LITIS FIJADA ANTE EL.".