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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 252991
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 97-102, Sexta Parte; Pág. 38
ARRENDAMIENTO, SUSPENSION CONTRA LA EJECUCION DE SENTENCIA DE UN JUICIO DE TERMINACION DE CONTRATO DE.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 97-102, Sexta Parte; Pág. 38
La Tercera Sala de la H. Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido jurisprudencia en el sentido de que no procede la suspensión de los actos reclamados cuando derivan de la ejecución de una sentencia (tesis jurisprudencial número 379, visible a fojas 1146, Tercera Sala, última compilación). Sin embargo, la misma Sala, en la tesis jurisprudencial número 367, visible a fojas 1109 de la última compilación del Semanario Judicial de la Federación, sustenta el criterio de que no es admisible la contrafianza para dejar sin efectos la suspensión concedida contra los actos de ejecución de una sentencia que condena a desocupar un local arrendado, como consecuencia de un juicio de lanzamiento; lo anterior implica que si no procede la contrafianza en los términos indicados, es porque, en cambio, ha resultado procedente la suspensión de los actos reclamados, aunque se trate de la ejecución de una sentencia, cuando esa sentencia haya sido dictada en un juicio de lanzamiento; por ello es que no resulta aplicable, en el caso la jurisprudencia primeramente mencionada, pues aunque se trata de los actos de ejecución de una sentencia, ésta fue dictada precisamente en un juicio de lanzamiento.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO CIRCUITO.
Precedentes
Incidente en revisión 627/76. Raúl Tapia Meza. 11 de marzo de 1977. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Carrillo Ocampo. Secretaria: Nora María Ramírez Pérez.
Séptima Epoca, Sexta Parte:
Volúmen 34, página 20. Amparo en revisión 257/71. Prisciliano López Flores. 27 de octubre de 1971. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Velasco Félix.
Nota: En el Informe de 1977, la tesis aparece bajo el rubro "SUSPENSION CONTRA LA EJECUCION DE SENTENCIA DE UN JUICIO DE TERMINACION DE CONTRATO.".