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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
253000
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 97-102, Sexta Parte; Pág. 44

AUTORIDAD RESPONSABLE, REVISION IMPROCEDENTE CUANDO SE INTERPONE "P.O." DE LA.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 97-102, Sexta Parte; Pág. 44

Precedentes

Amparo en revisión 219/77. Manuel Peña Rodríguez. 25 de marzo de 1977. Unanimidad de votos. Ponente: Gilberto Liévana Palma. Secretario: José Raymundo Ruiz Villalbazo. Amparo en revisión 216/77. Isabel Reyes Guevara. 10 de marzo de 1977. Unanimidad de votos. Ponente: Sergio Hugo Chapital Gutiérrez. Secretario: Alejandro Garza Ruiz. Nota: En el Informe de 1977, la tesis aparece bajo el rubro "REVISION IMPROCEDENTE, CUANDO SE INTERPONE 'P.O.' DE LA AUTORIDAD RESPONSABLE.".
Registro digital (IUS): 253000