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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 253044
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 97-102, Sexta Parte; Pág. 82
DESOBEDIENCIA A LAS ORDENES DEL PATRON.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 97-102, Sexta Parte; Pág. 82
Constituye desobediencia a las órdenes del patrón el hecho de que la subgerente de una empresa se haya negado a rendir un informe detallado de las operaciones efectuadas por ella, que le fue solicitado por el consejo de administración, durante el tiempo que se hizo cargo de la sociedad y del manejo de la misma, pues debe considerársele como un mandatario de la empresa, el que, entre otras obligaciones, tiene la de rendir cuentas cuando el mandante se las pida, sin que pueda argüirse que nunca tuvo como actividad a desarrollar la de rendir informe de las operaciones de la empresa, pues ello no significa que la orden que se le dio no fuera en relación con el trabajo contratado, en virtud de que esa función es una consecuencia derivada de la relación contractual, conforme a lo previsto por el artículo 31 de la Ley Federal del Trabajo.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 1062/76. Clemencia Martínez Fantini. 18 de febrero de 1977. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Enrique Mota Aguirre. Secretaria: María Edith Cervantes de Calleja.