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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 253075
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 97-102, Sexta Parte; Pág. 110
FIANZAS. REQUERIMIENTO DE PAGO. FALTA DE INTERES JURIDICO DEL FIADO.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 97-102, Sexta Parte; Pág. 110
La resolución reclamada consistente en el requerimiento de pago formulado por la Tesorería de la Federación a la institución fiadora, no afecta el interés jurídico de la empresa quejosa fiada, ya que dicha afectación debe ser directa y respecto de un derecho jurídicamente tutelado, además de que la calidad de fiada impone obligaciones diversas que ninguna relación guardan con el acto específicamente reclamado, como lo es el requerimiento de pago; conclusión que se robustece si se toma en cuenta la jurisprudencia de la H. Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el sentido de que el concepto perjuicio para los efectos del amparo, no debe tomarse como menoscabo en el patrimonio sino como sinónimo de ofensa que se hace a los derechos o intereses de una persona.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 413/77. Central Exportadora Nacional, S.A. 16 de junio de 1977. Unanimidad de votos. Ponente: Sergio Hugo Chapital Gutiérrez. Secretario: José Alejandro Luna Ramos.
Nota: En el Informe de 1977, la tesis aparece bajo el rubro "INTERES JURIDICO, FALTA DE.".