Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/253083
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
253083
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 97-102, Sexta Parte; Pág. 117

FRAUDE POR ENAJENACION O GRAVACION SIN DERECHO. EL PREVISTO EN EL ARTICULO 325, FRACCION II, DEL CODIGO DE DEFENSA SOCIAL DE YUCATAN, CONSTITUYE UN TIPO ESPECIFICO.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 97-102, Sexta Parte; Pág. 117

Precedentes

Amparo en revisión 500/76. Carlos Cruz Martínez. 13 de abril de 1977. Unanimidad de votos. Ponente: Ismael Colmenares Martz. Secretario: Héctor Ruiz Elvira. Nota: En el Informe de 1977, la tesis aparece bajo el rubro "FRAUDE. EL PREVISTO EN EL ARTICULO 325, FRACCION II, DEL CODIGO DE DEFENSA SOCIAL DE YUCATAN, CONSTITUYE UN TIPO ESPECIFICO.".
Registro digital (IUS): 253083