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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 253096
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 97-102, Sexta Parte; Pág. 131
INDIVISIBILIDAD DE LA DEMANDA DE AMPARO.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 97-102, Sexta Parte; Pág. 131
Si se reclaman, como actos vinculados, tanto el sobreseimiento parcial de un juicio anulatorio, cuando la sentencia definitiva que lo resolvió, el trámite precedente es en vía de amparo directo.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 215/77. Martha Quezada Baires Mouret. 24 de marzo de 1977. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Gómez Díaz. Secretaria: María Ramos Ruvalcaba.