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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 253135
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 97-102, Sexta Parte; Pág. 166
NOTIFICACIONES A GERENTES.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 97-102, Sexta Parte; Pág. 166
Si el gerente de una empresa recibe una notificación como deudor solidario de la misma empresa, a quien se señala como causante directa, el notificado no podría alegar que la empresa, como persona moral, quedó sin conocimiento de la situación, ya que él era su gerente y la representaba, por lo que en esas condiciones no pudo ignorar la notificación ni en lo personal ni como representante de la empresa.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 71/77. Trajes Simon's, S.A. 8 de marzo de 1977. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Guzmán Orozco.