Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/253139
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 253139
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 97-102, Sexta Parte; Pág. 171
OFENDIDO. RECURSOS EN EL PROCESO PENAL QUE NO LE CORRESPONDEN Y QUE SOLO PUEDEN HACERLOS VALER LAS PARTES.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 97-102, Sexta Parte; Pág. 171
Como conforme al artículo 141 del Código Federal de Procedimientos Penales, el ofendido no es parte en el procedimiento penal y siendo que el numeral 365 de dicho código adjetivo únicamente autoriza a apelar al Ministerio Público, al inculpado y a sus defensores, y el recurso de revocación previsto en el artículo 361 del invocado ordenamiento, solamente procede contra los autos respecto de los cuales no concede ese código el recurso de apelación, es inconcuso que la parte ofendida en dicho procedimiento no tiene derecho a hacer valer ningún medio de impugnación de los que se señalan en el invocado ordenamiento adjetivo, aun cuando se hubiesen acordado en el proceso promociones que hayan presentado, por lo que contra los acuerdos que recaigan a las mismas, está en aptitud de interponer juicio de garantías, sin tener obligación de agotar previamente los referidos recursos.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 572/76. Benito Barnet Chuc. 15 de febrero de 1977. Mayoría de votos. Disidente: Ismael Colmenares Martz. La publicación no menciona el nombre del ponente. Secretaria: Leticia Camacho Arias.
Nota: En el Informe de 1977, la tesis aparece bajo el rubro "RECURSOS EN EL PROCESO PENAL. SOLO PUEDEN HACERLOS VALER LAS PARTES.".