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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 253142
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 97-102, Sexta Parte; Pág. 175
PARTICIPACION DE UTILIDADES, FACULTADES PARA MODIFICAR LA BASE PARA LA.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 97-102, Sexta Parte; Pág. 175
Como los preceptos legales citados con anterioridad facultan a la Secretaría de Hacienda y consecuentemente a la Subdirección de Participación de Utilidades, para tramitar las objeciones que formulen los trabajadores a las declaraciones del impuesto sobre la renta presentadas por sus patrones, así como, a modificar la utilidad gravable para efectos de participación de utilidades, en ejercicio de tales facultades la citada subdirección resolvió en definitiva, para lo que también está autorizada en los términos del artículo 121, fracción III, de la Ley Federal del Trabajo, sobre las objeciones presentadas por el mencionado sindicato y emitió el acto que combate Exportadora de Sal, S.A. en el juicio de amparo. Y si bien la Subdirección de Participación de Utilidades en la resolución reclamada únicamente resolvió la utilidad base para el cálculo del reparto de utilidades, esto es explicable porque esencialmente debía resolver sobre las objeciones formuladas, sin que ello implique que no exista la posibilidad de que por separado y para efectos fiscales, si la autoridad lo considera procedente, modifique el ingreso global gravable para efectos fiscales, pues ambas situaciones no se excluyen, además de que de ser imperativo que solamente en el caso de que se modifique el ingreso gravable para efectos fiscales, se pueda variar el monto de la utilidad base para el cálculo del reparto de las empresas, se harían nugatorios los derechos de los trabajadores para un reparto adicional de utilidades si por determinada razón no se modifica aquél.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión RA-731/76. Exportadora de Sal, S.A. 29 de marzo de 1977. Unanimidad de votos. Relator: Jesús Ortega Calderón.