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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 253170
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 97-102, Sexta Parte; Pág. 198
PRUEBAS, DESAHOGO DE, EN VIOLACION A LAS LEYES DEL PROCEDIMIENTO.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 97-102, Sexta Parte; Pág. 198
Si el actor previamente al desahogo de las pruebas ofrecidas por uno de los codemandados, desistió de las acciones que intentó en contra de éste y la Junta así lo acordó, es incuestionable que ésta violó las leyes del procedimiento al proceder al desahogo de las pruebas de esa parte codemandada y más aún cometió una nueva violación al avocarse en el laudo que dictó, al estudio de tales pruebas.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 167/77. Adrián Cruz Torres. 30 de junio de 1977. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Enrique Mota Aguirre. Secretaria: María Edith Cervantes de Castilleja.
Nota: En el Informe de 1977, la tesis aparece bajo el rubro "VIOLACION A LAS LEYES DEL PROCEDIMIENTO.".