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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
253191
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 97-102, Sexta Parte; Pág. 217

RECURSOS ORDINARIOS QUE DEBEN AGOTARSE PREVIAMENTE AL AMPARO DIRECTO EN MATERIA CIVIL (LEGISLACION DEL ESTADO DE CHIAPAS).

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 97-102, Sexta Parte; Pág. 217

Precedentes

Amparo directo 266/76. Anselmo Martínez Domínguez. 15 de febrero de 1977. Unanimidad de votos. Ponente: Rafael Barredo Pereira. Secretario: José Isabel Hernández Díaz. Nota: En el Informe de 1977, la tesis aparece bajo el rubro "AMPARO DIRECTO, SOBRESEIMIENTO EN EL, CUANDO NO SE AGOTAN LOS RECURSOS ORDINARIOS (LEGISLACION DE CHIAPAS).".
Registro digital (IUS): 253191