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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 253211
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 97-102, Sexta Parte; Pág. 231
ROBO, OBJETO DEL DELITO DE. PROPIEDAD.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 97-102, Sexta Parte; Pág. 231
Para la configuración del robo no es necesario comprobar la propiedad del objeto de dicho ilícito, si está debidamente acreditado que la cosa mueble robada no pertenece al sujeto activo, por tener el carácter de ajena con relación al mismo y el agente se apodero de ella sin derecho o sin consentimiento de la persona que podía disponer de la cosa con arreglo a la ley; surtiéndose por tanto los elementos del delito de robo tipificado en el artículo 349 del Código de Defensa Social del Estado de Puebla.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 212/75. Bernardo Tecpóyotl Barranco. 18 de febrero de 1977. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Enrique Federico Campos Fritz.
Nota: En el Informe de 1977, la tesis aparece bajo el rubro "ROBO, OBJETO DEL DELITO DE.".