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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
253223
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 97-102, Sexta Parte; Pág. 240

SENTENCIA EJECUTORIADA CONSTITUCIONAL DE PRIMERA INSTANCIA. REVISION IMPROCEDENTE POR FALTA DE IMPUGNACION.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 97-102, Sexta Parte; Pág. 240

Precedentes

Amparo en revisión 712/76. Comisariado ejidal del poblado "Año del Presidente Carranza", Municipio de Tecomán, Colima y otros. 2 de mayo de 1977. Unanimidad de votos. Ponente: César Esquinca Muñoa. Secretaria: María del Refugio Covarrubias Iñiguez. Séptima Epoca, Sexta Parte: Volúmenes 97-102, página 335. Amparo en revisión 352/76. Armando González Padilla y Humberto Núñez Avelar. 2 de diciembre de 1976. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Alfonso Pérez y Pérez. Secretario: Eliel E. Fitta García. Nota: En el Informe de 1977, la tesis aparece bajo el rubro "REVISION IMPROCEDENTE POR FALTA DE IMPUGNACION DEL AUTO QUE DECLARA EJECUTORIADA LA SENTENCIA CONSTITUCIONAL DE PRIMERA INSTANCIA.".
Registro digital (IUS): 253223