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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 253252
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 97-102, Sexta Parte; Pág. 261
SUSPENSION TOTALMENTE IMPROCEDENTE, OTORGADA PARCIALMENTE. QUEJA INFUNDADA.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 97-102, Sexta Parte; Pág. 261
Si en un amparo directo la autoridad responsable otorga parcialmente la suspensión de los actos reclamados, siendo esta medida cautelar improcedente, en atención a que tales actos se dictaron en cumplimiento de una ejecutoria de amparo, es claro que esa concesión parcial de la referida medida cautelar no agravia al quejoso, dado que lo pone en condición de disfrutar, aunque sea parcialmente, de un beneficio que no le corresponde.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO CIRCUITO.
Precedentes
Queja 6/77. "Tractores y Camiones de México", S.A. , Juan Pérez Hernández y "Dina Mexicana", S.A. de C.V. 29 de abril de 1977. Unanimidad de votos. Ponente: Rafael Barredo Pereira.
Nota: En el Informe de 1977, la tesis aparece bajo el rubro "SUSPENSION. QUEJA INFUNDADA.".