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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
253296
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 97-102, Sexta Parte; Pág. 345

AGRARIO. AUTORIDADES RESPONSABLES. CARECEN DE LEGITIMACION PARA INTERPONER REVISION, CUANDO EXISTE CONTROVERSIA ENTRE PARTES.

[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 97-102, Sexta Parte; Pág. 345

Precedentes

Séptima Epoca, Sexta Parte: Volúmenes 91-96, página 19. Amparo en revisión 124/75. Director General de Derechos Agrarios de la Secretaría de la Reforma Agraria y otras autoridades. 9 de julio de 1976. Unanimidad de votos. Ponente: J. Guadalupe Torres Morales. Secretaria: María de la Luz Acero Rivera. Volúmenes 91-96, página 19. Amparo en revisión 446/76. Secretario de la Reforma Agraria. 10 de noviembre de 1976. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Alfonso Pérez y Pérez. Secretario: Miguel Martínez González. Volúmenes 91-96, página 19. Amparo en revisión 120/76. Delegado de la Secretaría de la Reforma Agraria en el Estado de Colima. 29 de noviembre de 1976. Unanimidad de votos. Ponente: César Esquinca Muñoa. Secretaria: María del Refugio Covarrubias Iñiguez. Volúmenes 97-102, página 23. Amparo en revisión 150/76. Delegado de la Secretaría de la Reforma Agraria en el Estado de Colima. 19 de enero de 1977. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Alfonso Pérez y Pérez. Secretario: Eliel E. Fitta García. Volúmenes 97-102, página 23. Amparo en revisión 144/76. Secretario de la Reforma Agraria y otras autoridades. 23 de marzo de 1977. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Alfonso Pérez. Secretario: Miguel Martínez González. Nota: En el Informe de 1977, la tesis aparece bajo el rubro "RECURSO DE REVISION, DEBE DESECHARSE EL, CUANDO EXISTIENDO CONTROVERSIA ENTRE PARTES LO INTERPONEN LAS AUTORIDADES AGRARIAS RESPONSABLES.".
Registro digital (IUS): 253296