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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
253297
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 97-102, Sexta Parte; Pág. 345

AUTORIDADES RESPONSABLES. CUALES PUEDEN SER SEÑALADAS COMO TALES.

[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 97-102, Sexta Parte; Pág. 345

Precedentes

Séptima Epoca, Sexta Parte. Volúmenes 97-102, página 306. Amparo en revisión 597/73. Cámara Nacional de la Industria de Transformación. 11 de febrero de 1974. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volúmenes 97-102, página 306. Amparo en revisión 737/74. Compañía Industrial de Guadalajara, S.A. 23 de abril de 1975. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volúmenes 97-102, página 306. Amparo en revisión 240/75. Leviatan y Flor, S.A. 15 de julio de 1975. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volúmenes 97-102, página 45. Amparo en revisión 487/76. Música a su Servicio, S.A. 18 de enero de 1977. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volúmenes 97-102, página 45. Amparo en revisión 667/76. Assicurazioni Generali Societa per Azioni. 18 de enero de 1977. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 209/78 resuelta por la Segunda Sala, de la que derivó la tesis 2a. 3, que aparece publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Octava Epoca, Tomo 10-12, noviembre-diciembre de 1988, página 51, con el rubro: "AUTORIDAD RESPONSABLE. TIENE ESE CARACTER LA QUE EMITE EL ACTO RECLAMADO Y NO SU SUPERIOR JERARQUICO."
Registro digital (IUS): 253297