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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
253298
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 97-102, Sexta Parte; Pág. 346

AUTORIDADES RESPONSABLES. INSPECTORES Y EJECUTORES.

[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 97-102, Sexta Parte; Pág. 346

Precedentes

Séptima Epoca, Sexta Parte: Volumen 52, página 17. Amparo en revisión 17/73. Jesús M. Mosqueda Cruz. 30 de abril de 1973. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Guzmán Orozco. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volúmenes 97-102, página 307. Amparo en revisión 261/73. Billy John Insurgentes, S.A. 29 de octubre de 1973. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen 69, página 44. Incidente en revisión 361/73. Autotransportes Ciudad Mante, S.A. de C.V. 4 de septiembre de 1974. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Guzmán Orozco. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volúmenes 97-102, página 307. Amparo en revisión 740/75. Propiedad Inmobiliaria, S.A. 20 de enero de 1976. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volúmenes 97-102, página 46. Amparo en revisión 7/77. Alfredo A. Atala Boulos. 15 de febrero de 1977. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Nota: La presente tesis no fue reiterada como vigente para los efectos de la publicación del Apéndice 1917-1995, según los acuerdos a que llegó la Comisión encargada de su integración, quedando a salvo las atribuciones de los órganos judiciales federales para aplicarla, reiterarla, interrumpirla o modificarla en los términos que establecen las disposiciones constitucionales y legales.
Registro digital (IUS): 253298