Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
📌
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/253302
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: En los Informes de 1976 y 1977, esta tesis aparece bajo el rubro "SUSPENSION. EXPROPIACION.". Por ejecutoria del 14 de marzo de 2018, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 373/2017 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
253302
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 97-102, Sexta Parte; Pág. 355

EXPROPIACION. SUSPENSION.

[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 97-102, Sexta Parte; Pág. 355

Precedentes

Séptima Epoca, Sexta Parte: Volúmenes 97-102, página 315. Amparo en revisión 791/75. Amador Luna y Trinidad Cortés de Luna. 5 de marzo de 1976. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Guzmán Orozco. Volúmenes 97-102, página 315. Amparo en revisión 587/75. María de Lourdes Fuentes de Nava. 6 de abril de 1976. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volúmenes 91-96, página 85. Amparo en revisión 207/76. Inmobiliaria Leonesa, S.A. 20 de julio de 1976. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volúmenes 91-96, página 85. Amparo en revisión 410/76. Helvex, S.A. 25 de agosto de 1976. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volúmenes 97-102, página 104. Amparo en revisión 570/76. Inmobiliaria Zharis, S.A. y coagraviados. 23 de marzo de 1977. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Nota: En los Informes de 1976 y 1977, esta tesis aparece bajo el rubro "SUSPENSION. EXPROPIACION.". Por ejecutoria del 14 de marzo de 2018, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 373/2017 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.
Registro digital (IUS): 253302