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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
253303
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 97-102, Sexta Parte; Pág. 357

FIANZAS. PRESCRIPCION DEL CREDITO GARANTIZADO CON LA FIANZA Y CADUCIDAD DE LAS FACULTADES DEL FISCO PARA DETERMINAR LA EXISTENCIA DE AQUEL O PARA FIJARLO EN CANTIDAD LIQUIDA. NO SON EXCEPCIONES PERSONALES DEL DEUDOR PRINCIPAL.

[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 97-102, Sexta Parte; Pág. 357

Precedentes

Séptima Epoca, Sexta Parte: Volumen 85, página 41. Amparo directo 732/75. Afianzadora Insurgentes, S.A. 23 de enero de 1976. Unanimidad de votos. Ponente: Jesús Toral Moreno. Volúmenes 91-96, página 94. Amparo directo 265/76. Compañía de Fianzas México, S.A. 8 de julio de 1976. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volúmenes 91-96, página 94. Amparo directo 335/76. La Guardiana, S.A., Compañía General de Fianzas. 2 de septiembre de 1976. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volúmenes 97-102, página 110. Amparo directo 332/77. Central de Fianzas, S.A. 21 de abril de 1977. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volúmenes 97-102, página 110. Amparo directo 405/77. Central de Fianzas, S.A. 8 de junio de 1977. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 253303