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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
253305
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 97-102, Sexta Parte; Pág. 359

FUNDAMENTACION Y MOTIVACION. COBROS FISCALES EN LA VIA DE EJECUCION.

[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 97-102, Sexta Parte; Pág. 359

Precedentes

Séptima Epoca, Sexta Parte: Volumen 78, página 39. Amparo en revisión 254/75. Gasor de México, S.A. 24 de junio de 1975. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Guzmán Orozco. Volumen 79, página 39. Amparo directo 204/75. Creaciones Rysita, S.A. 24 de julio de 1975. Unanimidad de votos. Ponente: Jesús Ortega Calderón. Volumen 80, página 37. Amparo en revisión 347/75. Calcetería Istmo, S.A. 5 de agosto de 1975. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volúmenes 97-102, página 318. Amparo directo 561/75. Calcetería Istmo, S.A. 18 de noviembre de 1975. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volúmenes 97-102, página 117. Amparo directo 331/76. Alfredo Asali Serio. 8 de febrero de 1977. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 253305