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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
253307
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 97-102, Sexta Parte; Pág. 362

MARCAS, EXAMEN DE LAS.

[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 97-102, Sexta Parte; Pág. 362

Precedentes

Séptima Epoca, Sexta Parte: Volumen 29, página 37. Amparo en revisión RA-983/70 (7893/68). Enrique Ortiz Colina. 10 de mayo de 1971. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Guzmán Orozco. Volúmenes 97-102, página 322. Amparo en revisión 899/70. Fichtel & Sacns A.G. 18 de febrero de 1974. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen 70, página 47. Amparo en revisión 527/74. Henkel & Cíe. GMBH. 29 de octubre de 1974. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Guzmán Orozco. Volúmenes 97-102, página 322. Amparo en revisión 110/76. Jacobo Tarrab Sidauy. 4 de mayo de 1976. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volúmenes 97-102, página 152. Amparo en revisión 694/76. Avón Products, Inc. 1o. de marzo de 1977. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 253307