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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 253309
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 97-102, Sexta Parte; Pág. 363
MINISTERIO PUBLICO FEDERAL, REVISION IMPROCEDENTE POR FALTA DE LEGITIMACION INTERPUESTA POR EL, RESPECTO A LA EXISTENCIA O INEXISTENCIA DEL ACTO RECLAMADO.
[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 97-102, Sexta Parte; Pág. 363
El agente del Ministerio Público Federal carece de legitimación para interponer revisión cuando expresa agravios relacionados con la existencia o inexistencia del acto reclamado, toda vez que resulta incuestionable que toda controversia relacionada con esa cuestión jurídica compete hacerla valer, en vía de agravio, en todo caso, a la autoridad responsable, atento a lo dispuesto por el artículo 87 de la Ley de Amparo, de lo que se concluye, lógicamente, que sólo puede interponer el recurso de revisión la autoridad responsable a quien se imputó el acto de que se trate, ya que de lo contrario equivaldría a admitir que dicho agente hiciera valer el recurso en representación de la autoridad responsable, contraviniéndose lo dispuesto por el artículo 19 de la citada ley, que prohibe que las autoridades responsables puedan ser representadas en el juicio de garantías, sin estarse en el caso de excepción que señala este último precepto legal.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Séptima Epoca, Sexta Parte:
Volúmenes 97-102, página 158. Incidente en revisión 656/76. Cirilo Salas Sandoval. 7 de enero de 1977. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volúmenes 97-102, página 158. Incidente en revisión 659/76. José Concepción de los Santos. 13 de enero de 1977. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volúmenes 97-102, página 158. Incidente en revisión 660/76. Bulfrano Román Estrada. 13 de enero de 1977. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volúmenes 97-102, página 158. Incidente en revisión 666/76. Rodolfo Laguna Nápoles. 13 de enero de 1977. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volúmenes 97-102, página 158. Incidente en revisión 669/76. Juan Hernández Gutiérrez. 13 de enero de 1977. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
En el Informe de 1977, la tesis aparece bajo el rubro "REVISION IMPROCEDENTE. ES LA QUE HACE VALER EL MINISTERIO PUBLICO FEDERAL POR FALTA DE LEGITIMACION.