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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
253311
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 97-102, Sexta Parte; Pág. 366

PRESCRIPCION Y CADUCIDAD EN MATERIA FISCAL.

[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 97-102, Sexta Parte; Pág. 366

Precedentes

Séptima Epoca, Sexta Parte: Volúmenes 97-102, página 327. Amparo directo 627/72. Armando Landeros Gallegos. 29 de enero de 1973. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen 68, página 62. Amparo directo 204/74. Afianzadora Insurgentes, S.A. 13 de agosto de 1974. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Guzmán Orozco. Volúmenes 97-102, página 327. Amparo directo 477/75. Teófilo F. González Jr. 25 de noviembre de 1975. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volúmenes 97-102, página 327. Amparo directo 721/75. Inmobiliaria Marnel, S.A. 20 de abril de 1976. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volúmenes 97-102, página 191. Amparo directo 1/77. Industrias Unidas, S.A. 23 de febrero de 1977. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 253311