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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 253319
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 97-102, Sexta Parte; Pág. 387
VIOLACIONES A LAS LEYES DEL PROCEDIMIENTO, EN EL JUICIO DE NULIDAD, POR FALTA DE NOTIFICACION.
[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 97-102, Sexta Parte; Pág. 387
Si a la quejosa se le giró el oficio relativo, por el que se le comunica la admisión de la demanda de nulidad y se señalan la hora y fecha para la celebración de la audiencia de ley; y dicho oficio fue notificado a la destinataria, según pieza postal que obra en autos, indudablemente con posterioridad a la celebración de la audiencia respectiva, y la quejosa no estuvo en aptitud de comparecer a la misma y ejercitar sus derechos; en estas condiciones se infiere que como en la fecha señalada para la celebración de la audiencia, no obraba en autos del juicio fiscal la constancia de que la quejosa estuviere legalmente notificada del acuerdo relativo, la Sala responsable debió haber acordado lo procedente en los términos del artículo 224 del código tributario, y al no hacerlo así, sino que al proceder a celebrar la audiencia y, con posterioridad, a dictar la sentencia relativa, incuestionablemente, dejó en estado de indefensión a la actora, violando con ello las garantías individuales que consignan los artículos 14 y 16 constitucionales, en perjuicio de la quejosa.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Séptima Epoca, Sexta Parte:
Volúmenes 91-96, página 267. Amparo directo 556/76. Afianzadora Insurgentes, S.A. 19 de noviembre de 1976. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volúmenes 91-96, página 267. Amparo directo 536/76. Compañía de Fianzas "México", S.A. 25 de noviembre de 1976. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volúmenes 91-96, página 267. Amparo directo 603/76. Compañía de Fianzas "México", S.A. 9 de diciembre de 1976. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volúmenes 97-102, página 299. Amparo directo 579/76. Afianzadora Insurgentes, S.A. 7 de enero de 1977. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volúmenes 97-102, página 299. Amparo directo 606/76. La Guardiana, S.A. , Compañía General de Fianzas. 7 de enero de 1977. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.