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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 253322
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 91-96, Sexta Parte; Pág. 9
ABSTENCIONES U OMISIONES, ACTO RECLAMADO CONSISTENTE EN. CARGA DE LA PRUEBA DE SU CONSTITUCIONALIDAD. CORRESPONDE A LA AUTORIDAD RESPONSABLE.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 91-96, Sexta Parte; Pág. 9
Aun en el caso en que la autoridad responsable no rinda informe justificado y por ende se tengan por presuntivamente ciertos los actos reclamados, cuando éstos consistan en abstenciones, u omisiones, no es al quejoso a quien corresponde la carga de probar que son violatorios de garantías, sino a la autoridad responsable de mostrar su constitucionalidad, ya que, dada la naturaleza de tales actos, la responsable debe justificar por qué ha incurrido en esa conducta omisiva; estimar lo contrario implicaría dejar en estado de indefensión al quejoso, quien se vería imposibilitado para probar que las razones de la responsable para abstenerse violan disposiciones legales, precisamente por ignorar tales razones al promover el juicio de garantías.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL NOVENO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 353/76. Francisco Escanamé. 21 de octubre de 1976. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Chan Vargas.
Nota: En el Informe de 1976, la tesis aparece bajo el rubro "CARGA DE LA PRUEBA. CORRESPONDE A LA AUTORIDAD RESPONSABLE DEMOSTRAR LA CONSTITUCIONALIDAD DEL ACTO RECLAMADO CUANDO ESTE CONSISTA EN ABSTENCIONES U OMISIONES.".