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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
253335
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 91-96, Sexta Parte; Pág. 19

AGRARIO. INCOMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES CIVILES. SOLO LAS AUTORIDADES AGRARIAS PUEDEN RESOLVER CUESTIONES RELACIONADAS CON BIENES EJIDALES.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 91-96, Sexta Parte; Pág. 19

Precedentes

Amparo directo 134/76. Ramón García Dávila. 30 de septiembre de 1976. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Bravo y Bravo. Secretario: Jorge Sánchez Cortés. Nota: En el Informe de 1976, la tesis aparece bajo el rubro "INCOMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES CIVILES, SOLO LAS AUTORIDADES AGRARIAS PUEDEN RESOLVER CUESTIONES RELACIONADAS CON BIENES EJIDALES, SIENDO MOTIVO DE.".
Registro digital (IUS): 253335