Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/253443
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
253443
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 91-96, Sexta Parte; Pág. 105

HUELGA. NO PUEDE SER DECLARADA POR LOS TRABAJADORES DE UNA ESPECIALIDAD EN RELACION CON LAS LABORES QUE LES CORRESPONDEN.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 91-96, Sexta Parte; Pág. 105

Precedentes

Amparo en revisión 199/75. Sindicato de Camioneros de Carga y Similares en Zonas Federales y Locales de Guadalajara. 31 de agosto de 1976. Unanimidad de votos. Ponente: Rafael Pérez Miravete.
Registro digital (IUS): 253443