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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 253487
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 91-96, Sexta Parte; Pág. 141
MULTA. GRAVEDAD DE LA INFRACCION (LIBROS ATRASADOS).
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 91-96, Sexta Parte; Pág. 141
Si a la fecha de la auditoría, unos libros de contabilidad tenían atraso de seis meses y otros hasta de 18 meses, la infracción es grave y no leve.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 358/76. Auto Refacciones, S.A. 11 de noviembre de 1976. Unanimidad de votos. Ponente: Manuel Castro Reyes. Secretario: Antonio Meza Alarcón.
Nota: En el Informe de 1977, la tesis aparece bajo el rubro "MULTA. GRAVEDAD DE LA INFRACCION.".