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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
253538
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 91-96, Sexta Parte; Pág. 184

REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD, INSCRIPCIONES EN EL. NO SON SUFICIENTES PARA TENER POR CONOCIDOS LOS, ACTOS RECLAMADOS.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 91-96, Sexta Parte; Pág. 184

Precedentes

Amparo en revisión 301/76. Felipa Carranza. 8 de julio de 1976. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Bravo y Bravo. Secretario: Jorge Sánchez Cortés. Nota: En el Informe de 1976, la tesis aparece bajo el rubro "CONOCIMIENTO DE LOS ACTOS RECLAMADOS, PARA COMPUTAR EL TERMINO LEGAL PARA LA PRESENTACION DE LA DEMANDA, SE REQUIERE QUE EL QUEJOSO HAYA TENIDO UN COMPLETO".
Registro digital (IUS): 253538