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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
253623
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 91-96, Sexta Parte; Pág. 287

AUTORIDADES RESPONSABLES EN EL AMPARO DIRECTO. LO SON LAS DEMANDADAS EN EL JUICIO FISCAL.

[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 91-96, Sexta Parte; Pág. 287

Precedentes

Séptima Epoca, Sexta Parte: Volumen 90, página 95. Amparo directo 95/70. Afianzadora Insurgentes, S.A. 8 de marzo de 1971. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen 90, página 95. Amparo directo 340/71. María Remedios Melgar Aguirre. 20 de agosto de 1973. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen 90, página 95. Amparo directo 697/73. Compañía Operadora de Teatros, S.A. 11 de marzo de 1974. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen 90, página 95. Amparo directo 634/73. Productos Asociados de Occidente, S.A. 18 de marzo de 1974. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volúmenes 91-96, página 45. Amparo directo 240/75. Ingeniería en Seguridad Industrial, S.A. de C.V. 21 de septiembre de 1976. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 253623