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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
253646
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 90, Sexta Parte; Pág. 19

ARRENDAMIENTO. ACCION RESCISORIA POR FALTA DE PAGO DE RENTAS.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 90, Sexta Parte; Pág. 19

Precedentes

Amparo directo 306/76. Arturo Estrada Castañeda. 28 de mayo de 1976. Unanimidad de votos. Ponente: Gemma de la Llata Valenzuela. Notas: Esta tesis contendió en la contradicción 11/93 resuelta por la Tercera Sala, de la que derivó la tesis 3a./J. 41/93, que aparece publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Octava Epoca, Número 72, página 47, con el rubro: "ACCION DE RESCISION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO POR FALTA DE PAGO PUNTUAL DE LA RENTA. HECHOS CONSTITUTIVOS QUE DEBE PROBAR EL ACTOR, CUANDO NO SE SEÑALA LUGAR PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACION." En el Informe de 1976, la tesis aparece bajo el rubro "CONTRATO DE ARRENDAMIENTO. ACCION RESCISORIA POR FALTA DE PAGO DE RENTAS.".
Registro digital (IUS): 253646