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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 253652
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 90, Sexta Parte; Pág. 27
DEMANDA, AMPLIACION DE LA, EN MATERIA LABORAL. CONFESION FICTA DE LA DEMANDADA.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 90, Sexta Parte; Pág. 27
Cuando la parte actora amplía los hechos de su demanda en la audiencia de demanda y excepciones, la Junta responsable actúa correctamente al fijar nueva fecha y hora sólo para dirimir la cuestión relativa a esa ampliación de la demanda, y si al efectuarse esta segunda audiencia comparece la parte patronal, pero no hace uso de la palabra, o sea que no controvierte ninguno de los hechos que se precisan en la ampliación, debe la Junta tener al patrón demandado contestando la ampliación de la demanda en sentido afirmativo, salvo prueba en contrario.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 538/75. Juan Ramírez Muñoz. La publicación no menciona la fecha de resolución del asunto. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Velasco Félix.