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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
253665
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 90, Sexta Parte; Pág. 42

INFORME JUSTIFICADO, OMISION DEL RENDIMIENTO DEL. NO EXISTE OBLIGACION DE NOTIFICARLO.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 90, Sexta Parte; Pág. 42

Precedentes

Amparo en revisión 103/76. Emmanuel Verón del Pino. 2 de junio de 1976. Unanimidad de votos. Ponente: Ricardo Gómez Azcárate. Secretario: Irma Moreno Montiel. Nota: En el Informe de 1976, la tesis aparece bajo el rubro "NOTIFICACION, CUANDO LA AUTORIDAD JUDICIAL NO ESTA OBLIGADA A ORDENAR UNA.".
Registro digital (IUS): 253665