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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
253691
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 90, Sexta Parte; Pág. 71

RECURSOS O MEDIOS DE DEFENSA QUE HAY QUE AGOTAR PREVIAMENTE AL AMPARO. OBLIGACION DE ACATAR EL PRINCIPIO DE DEFINITIVIDAD EN MATERIA CIVIL, AUN EN SITUACIONES DE ORDEN PUBLICO.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 90, Sexta Parte; Pág. 71

Precedentes

Amparo en revisión 18/76. Enriqueta Guerra. 11 de junio de 1976. Unanimidad de votos. Ponente: Ricardo Gómez Azcárate. Secretario: Arnoldo Nájera Virgen. Nota: En el Informe de 1976, la tesis aparece bajo el rubro "PRINCIPIO DE DEFINITIVIDAD EN MATERIA CIVIL, OBLIGACION DE ACATAR EL, AUN EN SITUACIONES DE ORDEN PUBLICO.".
Registro digital (IUS): 253691