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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
253728
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 90, Sexta Parte; Pág. 149

FIANZAS. DOCUMENTOS ANEXOS AL REQUERIMIENTO.

[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 90, Sexta Parte; Pág. 149

Precedentes

Séptima Epoca, Sexta Parte: Volumen 79, página 36. Amparo directo 304/75. Compañía Americana de Fianzas, S.A. 1o. de julio de 1975. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Guzmán Orozco. Volumen 84, página 54. Amparo directo 617/75. Afianzadora Cossío, S.A. 25 de noviembre de 1975. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen 84, página 123. Amparo directo 634/75. Afianzadora Cossío, S.A. 10 de diciembre de 1975. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen 88, página 44. Amparo directo 100/76. Afianzadora Cossío, S.A. 13 de abril de 1976. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen 88, página 44. Amparo directo 161/76. Afianzadora Cossío, S.A. 27 de abril de 1976. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 253728