Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/253763
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
253763
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 89, Sexta Parte; Pág. 38

PRUEBAS TESTIMONIAL Y PERICIAL EN EL AMPARO. DIFERIMIENTO OFICIOSO DE LA AUDIENCIA.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 89, Sexta Parte; Pág. 38

Precedentes

Queja 7/76. Alberto Pedraza Bolio, autorizado por el quejoso Ramón Alonso González en el juicio de Amparo 47/75. 4 de mayo de 1976. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Guzmán Orozco.
Registro digital (IUS): 253763