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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 253765
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 89, Sexta Parte; Pág. 42
REGLAMENTO DE POLICIA Y BUEN GOBIERNO, ACTOS FUNDAMENTADOS EN EL. RECURSOS PREVIOS AL AMPARO (LEGISLACION DEL ESTADO DE JALISCO).
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 89, Sexta Parte; Pág. 42
El artículo 27, fracción V, de la Ley Orgánica Municipal, Reglamentaria del Título Quinto de la Constitución Política del Estado de Jalisco, establece que dentro de las atribuciones de los Ayuntamientos se encuentra la de expedir y aplicar su reglamento interior, los de policía y buen gobierno y en general todos los referentes al funcionamiento de los servicios y establecimientos públicos municipales; en consecuencia, tales reglamentos se encuentran subordinados y forman un todo con la mencionada ley, de donde resulta que aun cuando el de Policía y Buen Gobierno en que se funde el acto reclamado no establezca ningún recurso, lo que técnicamente se explica por la naturaleza de las disposiciones contenidas en el mismo, es indudable que no puede desvincularse de la ley generadora y que existe la obligación de agotar los recursos que ésta señala en el capítulo segundo del título séptimo, antes de acudir al juicio de garantías.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 104/76. Carlos Ibarra García de Quevedo y coagraviado. 12 de mayo de 1976. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Alfonso Pérez y Pérez. Secretario: Eliel E. Fitta García.
Séptima Epoca, Sexta Parte:
Volumen 86, página 79. Amparo en revisión 374/74. Salvador Ruvalcaba Ruvalcaba y coagraviados. 16 de febrero de 1976. Unanimidad de votos. Ponente: Cesar Esquinca Muñoa. Secretaria: María del Refugio Covarrubias Iñiguez.
Nota: En el Informe de 1976, la tesis aparece bajo el rubro "REGLAMENTO DE POLICIA Y BUEN GOBIERNO, ACTOS FUNDAMENTADOS EN EL LEGISLACION DEL ESTADO DE JALISCO).".