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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 253775
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 88, Sexta Parte; Pág. 15
ACTO RECLAMADO, INEXISTENCIA DEL (LAUDO).
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 88, Sexta Parte; Pág. 15
Si como acto reclamado se señala un laudo y de las constancias del juicio laboral enviado por la autoridad responsable con su informe justificado sólo aparece una simple copia fotostática sin firmas autógrafas, sin constancia alguna que justifique que se hubiere efectuado la audiencia de discusión y votación del dictamen, es evidente que no hay laudo y que por ello el acto reclamado no existe, procediendo sobreseer en el juicio de amparo.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 208/75. Auto Servicio Moderno. 23 de abril de 1976. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Velasco Félix.
Nota: En el Informe de 1976, la tesis aparece bajo el rubro "ACTO RECLAMADO, INEXISTENCIA DEL.".