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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 253776
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 88, Sexta Parte; Pág. 16
AGENTE ADUANAL, ORDEN DE SUSPENDER EN SUS FUNCIONES AL. PROCEDENCIA DE LA SUSPENSION CONTRA SUS EFECTOS.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 88, Sexta Parte; Pág. 16
Si no existen pruebas de que se haya ejecutado, al otorgarse, contra las consecuencias de la orden, el beneficio cautelar, sólo se está manteniendo la situación que prevalecía cuando se promovió el amparo, y es inexacto que se estén restituyendo las cosas al estado que guardaban antes de la violación de garantías. Si la responsable goza o no de facultades para suspender en sus funciones al agente aduanal, y si se aplicaron correctamente o no las normas relativas, son temas referentes al fondo del negocio, que no deben, por tanto, examinarse en la interlocutoria suspensional. Al concederse en el caso la suspensión definitiva, no se sigue perjuicio al interés social, ni se contravienen disposiciones de orden público, ya que el propio Código Aduanero (artículo 719) permite que, ejecutada la orden de suspender al agente aduanal, concluya éste las operaciones que hubiera iniciado. Por otra parte, aun decretada la media cautelar en el amparo, no se afectan irremediablemente los intereses fiscales, pues el agente se haya sometido (artículos 698, fracción VI, 701 y 706 del código de la materia) a un régimen que garantiza satisfactoriamente las responsabilidades en que pudiera incurrir.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Incidente de suspensión 188/76. Javier Serrano Moreno. 22 de abril de 1976. Mayoría de votos. Disidente: Manuel Castro Reyes. Ponente: Jesús Toral Moreno.
Séptima Epoca, Sexta Parte:
Volumen 83, página 15. Incidente de suspensión en revisión 702/75. Victoriano Carrasco Mondaca. 19 de noviembre de 1975. Mayoría de votos. Disidente: Manuel Castro Reyes. Ponente: Jesús Toral Moreno.
Volumen 90, página 91. Incidente en revisión 450/73. Teodoro Filidor Mendoza. 28 de septiembre de 1973. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volumen 84, página 43. Incidente de suspensión en revisión 158/72. José A. Luna Guarneros. 7 de julio de 1972. Mayoría de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volumen 84, página 43. Incidente de suspensión en revisión 86/71. Aurelio Briones Acosta. 16 de abril de 1971. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 21/92 resuelta por la Segunda Sala, de la que derivó la tesis 2a./J. 21/93, que aparece publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Octava Epoca, número 72, página 21, con el rubro: "AGENTES ADUANALES, SUSPENSION IMPROCEDENTE CONTRA EL ACTO EN QUE ACUERDE SUSPENDERLOS EN SUS FUNCIONES."