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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 253796
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 88, Sexta Parte; Pág. 39
EMPLAZAMIENTO.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 88, Sexta Parte; Pág. 39
Por ser el emplazamiento un presupuesto de todo juicio válido y, por tanto, de orden público, puede ser planteado y resuelto, inclusive de oficio, en cualquier estado del proceso, es decir, en cualquier fase del juicio, tanto de primera como de segunda instancias, a fin de evitar la tramitación de juicios nulos.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 57/75. María de Jesús García Sánchez. 30 de abril de 1976. Unanimidad de votos. Ponente: José Alfonso Abitia Arzapalo.