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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
253828
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 88, Sexta Parte; Pág. 69

PRIMA DE ANTIGÜEDAD. QUIENES TIENEN DERECHO A PERCIBIRLA EN LOS TERMINOS DEL SEGUNDO PARRAFO DE LA FRACCION III DEL ARTICULO 162.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 88, Sexta Parte; Pág. 69

Precedentes

Amparo directo 283/75. Pablo Marín Puig. 9 de abril de 1976. Unanimidad de votos. Ponente: Rafael Barredo Pereira. Secretario: Héctor Ruiz Elvira.
Registro digital (IUS): 253828