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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 253842
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 88, Sexta Parte; Pág. 81
SUSPENSION. ACTOS QUE NO SE PRETENDEN EJECUTAR.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 88, Sexta Parte; Pág. 81
Si las autoridades responsables afirman que no van a ejecutar los actos reclamados de desposeimiento, o que no les corresponde hacerlo, no se ve qué perjuicio legal les pueda causar el otorgamiento de la suspensión, ni se ve qué urgencia pueda tener el interés público en que se ejecuten actos que las autoridades dicen que no pretender ejecutar.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Incidente en revisión RA-587/75. María de Lourdes Fuentes de Nava. 6 de abril de 1976. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Guzmán Orozco.