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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 253850
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 88, Sexta Parte; Pág. 90
TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO. DESISTIMIENTO DE LA ACCION ANTE EL TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 88, Sexta Parte; Pág. 90
Si durante el transcurso del juicio el tribunal decreta la suspensión del procedimiento hasta que el demandado cumpla con el requerimiento que se le hizo de exhibir un pliego de posiciones que debe ser absuelto por su contraparte, carece de fundamento la pretensión, de que por haber transcurrido tres meses sin que el actor promueva debe tenérsele por desistido de su acción, porque en tal caso es el demandado quien tiene la carga procesal de impulsar el procedimiento que se encuentra paralizado por su morosidad, y sería inequitativo que su conducta morosa que dio lugar a la suspensión del procedimiento, redunde en perjuicio de su contraria.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 4/76. Secretario de Salubridad y Asistencia. 7 de abril de 1976. Unanimidad de votos. Ponente: Rafael Pérez Miravete.
Nota: En el Informe de 1976, la tesis aparece bajo el rubro "DESISTIMIENTO DE LA ACCION ANTE EL TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE.".