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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
253866
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 87, Sexta Parte; Pág. 20

APELACION, AGRAVIOS EN LA. DEFENSAS Y EXCEPCIONES NO ALEGADAS AL CONTESTAR LA DEMANDA Y PLANTEADAS AL EXPRESARLOS. NO DEBEN TOMARSE EN CUENTA EN LA RESOLUCION DE ALZADA.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 87, Sexta Parte; Pág. 20

Precedentes

Amparo directo 279/75. Juan Canseco Aguilar. 18 de marzo de 1976. Unanimidad de votos. Ponente: Rafael Barredo Pereira. Secretario: Héctor Ruiz Elvira. Nota: En el Informe de 1976, la tesis aparece bajo el rubro "DEFENSA Y EXCEPCIONES NO ALEGADAS AL CONTESTAR LA DEMANDA Y PLANTEADAS AL EXPRESAR AGRAVIOS EN LA APELACION. NO DEBEN TOMARSE EN CUENTA EN LA RESOLUCION DE ALZADA.".
Registro digital (IUS): 253866