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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 253903
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 87, Sexta Parte; Pág. 65
PENA, REMISION PARCIAL DE LA. READAPTACION SOCIAL, COMO REQUISITO FUNDAMENTAL.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 87, Sexta Parte; Pág. 65
La concesión de la remisión parcial de la pena no podrá fundarse exclusivamente en los días de trabajo, en la participación de actividades educativas y en el buen comportamiento, sino que fundamentalmente deberá descansar sobre la consideración de que el sentenciado haya revelado, por otros datos, efectiva readaptación social, según se desprende del artículo 16 de la Ley que Establece las Normas Mínimas Sobre Readaptación Social de Sentenciados.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 17/76. Alicia Durán Monzón. 31 de marzo de 1976. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Manuel Franco.
Nota: En el Informe de 1976, la tesis aparece bajo el rubro "PENA, REMISION PARCIAL DE LA, READAPTACION SOCIAL, COMO REQUISITO FUNDAMENTAL PARA LA.".